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- Surge del contrato de trabajo
- Responsabilidad delegada del empleador a una ARL, mediante el pago de la cotización mensual.
- El monto de indemnización es tarifado.
- El beneficio del trabajador como consecuencia del ATEL se ve representado mediante prestaciones económicas y asistenciales, subsidio, indemnización y pensión.
- El origen de la invalidez por ATEL y su apelación lo determina en su orden: la IPS, la Junta Regional de Calificación de Invalidez o la Junta Nacional de Calificación de invalidez.
- Las prestaciones económicas prescriben en el termino de un año.
- No existe el caso fortuito o fuerza mayor que exonere la responsabilidad de la ARL en el accidente ni la culpa grave de la victima.
- No importar que el vinculo laboral termine.
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- Surge de la relación contractual art. 216 del Código Sustantivo de Trabajo
- Responsabilidad asumida directamente por el empleador.
- El monto de los daños no se encuentra tarifado como este depende de los perjuicios causados al trabajador o a sus beneficiaros.
- Los perjuicios o daños causados al trabajador pueden ser materiales, morales o fisiológicos.
- El daño o perjuicio causado se “pretende” remediar mediante el pago en dinero (Salarios mínimos: moral).
- El proceso de demanda y apelación en su orden se realiza ante la Justicia Laboral Ordinaria.
- Prescribe a los tres años la acción.
- No puede descontar lo que le da la ARL.
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- Surge del titular del delito con el afectado (personalizado).
- Responsabilidad asumida por el causante del hecho punible (empleado, Especialista en Salud Ocupacional, Miembros de la Junta de Calificación de invalides, funcionario de la ARL o trabajador).
- En el caso que sea el empleador que por culpa o por dolo causa el ATEL comete un delito que se paga en muchos casos con cárcel.
- El delito causado se pagara a través de: Pena principal – Pena accesoria: retención domiciliara, perdida del empleo público, entre otros.
- El hecho punible puede ser realizado por acción u omisión.
- El proceso penal se realiza ante la Fiscaliza y Juez Penal correspondiente.
- Clase de delitos: Delitos contra la vida, delitos contra la fe publica, delitos contra la administración publica.
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- Surge de la función legal de vigilancia y control en seguridad y salud en el trabajo
- Se impone multa que es asumida por el empleador.
- La sanción o multa a favor del fondo de Riesgos Laborales .
- Existen multas para el empleador trabajador y ARLs
- La competencia para vigilar y controlar la administración del sistema de Prevención de las ARls es del Ministerio de Trabajo. Prestación de servicios de salud es de Supersalud y dilatar el pago de prestaciones económicas de las Superfinanciera.
- Luego de la multa, existe un proceso de embargo por parte del Ministerio de Trabajo conforme ala Resolución 2521 del 2000.
- Suspensión de actividades.
- Cierre de empresa.
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